PUBLICACION DEL CALENDARIO ELECTORAL AGMP
ELECCIONES 2012
Que, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo Vigésimo Noveno del Capítulo V del Estatuto de la AGMP, el Comité Electoral, elegido en la Primera Asamblea General Ordinaria del 2012, convoca a elecciones (Calendario Electoral 2012) a realizarse en la fecha fijada para la Segunda Asamblea Ordinaria de la Asociación (25 de Octubre, 2012).
El Calendario Electoral queda establecido de la siguiente manera:
1. PRESENTACION DE LA LISTA DE CANDIDATOS (PLANES, PROPUESTAS Y PERSONEROS) |
: Ultimo día, 10 de Octubre.
: Lunes a viernes. Secretaría CEAM o al correo electrónico (elecciones2012agmp@hotmail.com). |
| 2. PUBLICACION DE LA LISTA DE CANDIDATOS |
: 13 DE OCTUBRE |
| 3. Revisión de plan de trabajo y situación de los Socios hábiles |
: 15 DE OCTUBRE |
| 4. PRESENTACION DE TACHAS CONTRA LOS CANDIDATOS |
: 13 AL 16 DE OCTUBRE |
| 5. RESOLUCION DE LAS TACHAS CONTRA LOS CANDIDATOS |
: 19 DE OCTUBRE |
6. ELECCIONES |
: 25 de Octubre
: 10am a 1pm
: Auditorio Casa de Guías
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7. PUBLICACION DE LOS RESULTADOS |
: 25 de Octubre.
: 5:00 pm.
: Mural Secretaria CEAM y página web AGMP. |
8. PRESENTACIÓN DE RECLAMOS DE ALGÚN SOCIO |
: 25-26 de Octubre |
| 9. ENTREGA DE CARGO A LA NUEVA JUNTA DIRECTIVA. AGMP |
: 29 de Octubre |
PUNTO 01: Ninguna lista de candidatos será admitida una vez expirada la fecha límite del Calendario Electoral. Cualquier reclamo de esta índole debe ser resuelto de forma inmediata.
PUNTO 02: La publicación de la lista de candidatos hábiles no implica que ésta se encuentre habilitada para competir en las elecciones. Es también función del Comité electoral verificar (de oficio) que los candidatos estén debidamente habilitados.
PUNTO 03: Las tachas proceden: cuando el candidato se encuentre en situación de no hábil, se encuentre suspendido en el ejercicio de sus derechos por razones previstas en el Estatuto, o que haya sido condenado por delito penal doloso o haya sido declarado incapaz por el poder judicial.
PUNTO 04: La resolución de tachas presentados contra los candidatos será evaluado en base a los indicado en el Punto 04, sin haber otro motivo alguno por el cual el candidato pueda ser tachado.
PUNTO 05. Cualquier miembro hábil puede presentar la observación (debidamente fundamentada) a fin de que se resuelvan las omisiones incurridas u otras dificultadas durante las elecciones, las cuales –a la vez— deben vulnerar el derecho de los asociados. Las observaciones presentadas deben ser resueltas en el término de 24 horas por el Comité Electoral, y de forma definitiva.
NOTA IMPORTANTE:
- El día de las Elecciones, la Asamblea General quedará conformada por todos los asociados activos hábiles quienes se presenten al mismo. El Quórum en primera convocatoria es de la mitad de los asociados y en segunda convocatoria del número de asociados asistentes.
- Los asistentes a la Asamblea General Ordinaria tendrán derecho a un voto, para los miembros de las secciones que no asistan a ésta, podrán hacer llegar su voto a través del Correo Electrónico fijado para tal fin (Voto Electrónico) o a través de una carta poder simple. En caso de empate el voto dirimente lo dará el Presidente del Consejo Directivo.
- Luego de las Elecciones, los Asociados elegirán a un FISCAL, cuya elección no estará sujeta a las formalidades previstas para la elección de la Junta Directiva, bastando sólo NO esté comprendido entre las causales de impedimentos del Artículo Trigésimo Tercero del Estatuto.
- El Acta de la Asamblea General convocada para llevar a cabo las elecciones del Consejo Directivo Central, será suscrita por el Comité Electoral y los delegados de las secciones regionales que asistieran.
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COMISION ELECTORAL
La tarea de la comisión electoral, consiste en supervisar el proceso electoral, adoptar los mecanismos necesarios para la realización del mismo así como tomar decisiones relacionadas a este proceso. La Comisión Electoral esta a cargo de los miembros que fueron designados por la Primera Asamblea Ordinaria del 2012.
Elecciones de la Asociación de Guías de Montaña del Perú, 2012.
BASES
1. ORGANIZA
Organizado por el Comité Electoral, en cumplimiento del Artículo Vigésimo Noveno del Capítulo V del Estatuto, el cual indica que la elección de la Junta Directiva de la Asociación debe realizarse cada dos años.
2. OBJETIVOS
- Implementar lo establecido en el Artículo Décimo Séptimo, Inciso b) el cual prescribe: “ son derechos de los asociados a elegir y ser elegidos para cargos en el Consejo Directivo Central de la Asociación del Perú con la condición de tener 02 años de asociado para el cargo de Delegado y 05 años para cargos del Consejo Directivo Central”
- Lo establecido en el Inciso c) del Artículo en mención: “tener derecho a voto en la Asamblea General convocada para la elección del Consejo Directivo Central”
- De cumplir funciones dentro de la Asociación como parte de su realización profesional.
3. PARTICIPANTES
Es una elección libre, en el que pueden participar todos los Asociados hábiles en sus cotizaciones y sin deudas a la UIAGM, AGMP-Nacional, AGMP-RA, AGMP-RA y AGMP-RC. Presentando su lista de candidatos con su respectivo plan de trabajo.
4. REQUISITOS PARA LA LISTA PARTICIPANTE
- Estar habilitados. Si son tachados, la tacha debe resolverse en los términos indicados en el Calendario Electoral.
- Presentar un Plan de trabajo documentado de mediano y largo plazo.
- No ocupar otros cargos dentro de la AGMP-RA, AGMP-RA y AGMP-RC.
- Estar libre de deudas a la AGMP-RA, AGMP-RA, AGMP-RC, AGMP- Nacional y UIAGM.
5. PROHIBICIONES PARA LOS VOTANTES
- El voto es personalísimo, con excepción de lo establecido en el Artículo Trigésimo Cuarto del Estatuto el cual indica que: el asociado puede votar por correo electrónico o a través de una carta poder simple.
- Los asociados que acudan el día de las elecciones en estado etílico, están terminantemente prohibidos a sufragar.
- Los asociados que adeudan a la AGMP-RA, AGMP-RA, AGMP-RC, AGMP-Nacional o UIAGM no serán admitidos a sufragar bajo ninguna modalidad (Voto en Urnas o Vía Correo Electrónico).
6. ENCARGADOS DEL PROCESO
Este proceso de elecciones estar a cargo de la Comisión Electoral, en todas sus fases, con apoyo de los personeros el día de las elecciones y colaboradores externos si fuere el caso.
7. PROCESO DE VOTACIÓN
- Papelógrafos de publicación de todas las listas en la Oficina de información.
- Cédulas de Votación (Confeccionadas por la Comisión Electoral).
- Ánforas de Votación (Confeccionadas por la Comisión Electoral).
- Votación (Sera explicada por la Comisión Electoral).
- Voto vía correo electrónico, mediante el correo, (elecciones2012agmp@hotmail.com) (Sera revisado por la Comisión Electoral y Personeros antes y durante el día de las elecciones).
- Mesa Electoral (Estará compuesta por la Comisión Electoral y 1 Personero por lista).
8. PUBLICACION DE RESULTADOS
Los resultados de las elecciones con la lista ganadora será publicada inmediatamente después del conteo de todos los votos.
9. DISPOSICIONES FINALES
- Los asuntos pendientes serán, tratadas en la Asamblea de Socios.
- Los asuntos no previstos en estas bases serán resueltos según la asamblea o el estatuto de al AGMP.
Atentamente,
Comité Electoral. Asesor Legal AGMP